Cómo declarar las ganancias de Internet y ser legal

Hoy vamos a hablar de un tema que preocupa a mucha gente que está empezando en este mundillo de los negocios online: cómo declarar las ganancias de Internet. Un tema confuso, con muchos matices y preguntas en el aire que a veces son difíciles de responder. Ni siquiera los propios funcionarios de hacienda tienen claros algunos aspectos 😕

Todo este asunto empieza con una pregunta: ¿Debo declarar el dinero que gano por Internet aunque sean apenas unos pocos dólares? Pues aunque parezca increíble, la respuesta es que sí. Si nos atenemos a lo estrictamente legal, todos los ingresos que generemos vía online deben ser declarados a la hacienda pública, da igual de dónde provengan y cuál sea su cantidad.

Pero claro, una cosa es la teoría y otra muy distinta la realidad. Vamos a analizar todas estas cuestiones y a intentar arrojar un poco de luz sobre este controvertido tema.

1.- Cómo declarar las ganancias de Internet: Teoría y realidad
2.- Pasos para cumplir con nuestras obligaciones
3.- Seguridad social y autónomos
4.- Hacienda y alta en actividades económicas
5.- Obligaciones trimestrales y anuales
6.- Cómo realizar y presentar todos los modelos tributarios
7.- Conclusiones y opinión personal sobre cómo declarar las ganancias de Internet

La teoría y la realidad


Es evidente que aunque la ley diga que debes declarar hasta el último céntimo que ganes por Internet, nadie te va a perseguir si tus ganancias son de unos pocos dólares al mes que apenas te sirven para pagar algún capricho o gasto puntual. Ejemplos de esto mismo en la «vida real» tenemos unos cuantos:

  • La típica persona que hace de canguro un par de días al mes.
  • La señora que limpia escaleras para ganar un dinero extra. 
  • El universitario que da clases particulares para pagarse la carrera.
  • Y un largo etcétera.

En teoría todos deberían declarar hasta el último céntimo, pero claro, evidentemente nadie lo hace, entre otras cosas porque no tiene ningún sentido. Aún así, esto es una decisión estrictamente personal y que tiene mucho que ver con tu tolerancia al riesgo, porque haberlo, lo hay.

Debido a la crisis y la falta de liquidez, la voracidad recaudadora de la agencia tributaria alcanza hoy niveles insospechados, por lo que no debería sorprenderte si un día recibes la citación para una inspección aunque hayas ganado unos pocos euros trabajando de forma honesta.

Por desgracia, la única forma de estar tranquilo al 100% es pagando religiosamente. ¡Hacienda somos todos! 🙁 

Cómo declarar las ganancias de Internet y ser 100% legal


En el 99% de los casos que hemos mencionado antes no suele ocurrir absolutamente nada, pero, ¿y si nuestros ingresos empiezan a crecer? ¿Y si de repente nuestros negocios por Internet nos están reportando un buen dinero mensual? Ahí empiezan los problemas, aunque…¡benditos problemas!

Si cuando fuéramos a empezar en este mundillo nos dijeran que vamos a cobrar 1.000 euros al mes a cambio de pagar el 20% que le corresponde a hacienda, ¿quién no estaría de acuerdo? El problema es que, cuando llega ese momento, ya no nos hace tanta gracia. ¡Esa avaricia! 😀

Como para mi lo más importante es dormir tranquilo, os aconsejo que os dejéis de historias y hagáis las cosas de forma legal y correcta. Levantarte un día con una carta de hacienda comunicándote una sanción de las gordas no me hace ninguna ilusión, así que… ¡A PAGAR TOCA!

Paso uno: Seguridad social y trabajadores autónomos


El primer paso para convertirnos en personas «legales» será darnos de alta como autónomos en la seguridad social. Al contrario que en la mayoría de países de la Unión Europea, en España este paso es una auténtica ruina, ya que desde el primer mes tendrás que pagar si o si una cuota mensual aunque no ganes ni un sólo euro 😕 

Una situación realmente lamentable que no tiene visos de solucionarse ni a corto ni a medio plazo (vergüenza de políticos). El coste mínimo mensual asciende a 260 euros, aunque existe una «tarifa plana» si cumples alguno de estos requisitos:

  • No haber estado nunca dado de alta como autónomo.
  • No haber estado dado de alta como autónomo en los últimos cinco años.

Si cumples alguno de esos dos requisitos y además eres menor de 30 años, los descuentos aplicables son los siguientes:

  • Los 6 primeros meses: cuota fija de 50 euros al mes.
  • Los siguientes 6 meses: descuento de un 50% sobre la cuota normal.
  • Los siguientes 3 meses: descuento de 30% sobre la cuota normal.
  • Los siguientes 3 meses: bonificación de un 30% sobre la cuota normal.
  • Los siguientes 12 meses: descuento de un 30% sobre la cuota normal.
✅ APUNTE: Los trabajadores mayores de 30 años también pueden solicitar esta tarifa plana para autónomos, aunque el plazo máximo de descuentos asciende a 18 meses, por lo que el último tramo de descuentos no será aplicable. Tenéis más información sobre todo esto aquí.

En mi caso, soy autónomo desde hace 16 años, así que cuando empecé con el tema de los negocios online y el ganar dinero por Internet, este paso ya lo tenía «solucionado».

Paso dos: Hacienda y alta en actividades económicas


El siguiente paso será darnos de alta en el famoso impuesto de actividades económicas, comúnmente conocido como IAE. Esto se realiza a través del modelo 037. Podéis hacerlo a través de Internet o en cualquier oficina física de la Agencia Tributaria.

En ese mismo modelo tendremos que indicar el tipo de actividad que vamos a realizar. Esto se conoce como «epígrafe», y hay cientos para elegir. Particularmente estoy dado de alta en varios de ellos, ya que aparte del blog, tengo mi propio negocio en «la vida real».

En el caso de las actividades englobadas en este mundillo de los negocios online, los epígrafes 844 (publicidad) y 769,9 (servicios de la sociedad de la información), suelen ser los más comunes y recomendables.

De todos modos, puedes darte de alta en todos los que consideres oportunos, ya que es un trámite completamente gratuito (siempre y cuando no superes el millón de euros de ingresos anuales? Aún así, ¿quién leches gana eso? Desde luego, quien consiga esas cantidades seguro que no lo hace con PTCs, jajajaja 😛 

En el caso de trabajar con empresas fuera de España pero que pertenezcan a la Unión Europea, también habrá que darse de alta como operador intracomunitario a través del modelo 036.

Paso tres: Obligaciones trimestrales y anuales


Una vez estemos dados de alta en la seguridad social como autónomos y en hacienda a través el IAE, empezará un «vía crucis» que se repetirá cada tres meses y del que ya no podremos escapar. La presentación de los modelos correspondientes de forma trimestral y anual será parte de nuestras obligaciones fiscales ineludibles.

¿Qué modelos son esos? ¿Cómo se completan y se presentan a la agencia tributaria? Para empezar, vamos a ver los modelos de presentación obligatorios.

Modelo 130: Este modelo se conoce comúnmente como pago fraccionado del impuesto sobre las personas físicas (IRPF). En él, debemos indicar de forma trimestral todas nuestras operaciones (gastos e ingresos). De la diferencia de ambos (si sale positivo claro), tendremos que pagar un 20%.

Un dato muy importante es que este modelo hay que presentarlo siempre, incluso aunque no hayamos hecho ninguna operación y por tanto no hayamos generado ningún gasto o beneficio. En este caso, se presentará con un resultado igual a 0, pero hay que presentarlo igual.

✅ EL DATO: En el caso de que hayas cobrado (o pagado) de alguna página o cliente más de 3.000 euros, también habrá que presentar el modelo 347 (operaciones con terceros).

Modelo 303: A través de este modelo, haremos nuestras presentaciones trimestrales del IVA que hayamos cobrado y/o pagado en cada una de nuestras facturas. Estas facturas las deberemos de guardar de forma obligatoria durante al menos 4 años.

Modelo 390: Este modelo se presenta de forma anual (del 1 al 30 de Enero), y en él se hace la autoliquidación resultante de todas las operaciones presentadas durante el año en los modelos 303.

Modelo 349: Este modelo sólo se debe presentar en caso de que hayamos hecho operaciones (ingresos, compras, adquisiciones, etcétera) con empresas con NIF intracomunitario. Un ejemplo de ello sería la plataforma de afiliación Comission Junction.

Este modelo también se debe presentar de forma trimestral, a no ser que el importe total de las operaciones realizadas no supere los 35.000 euros (IVA excluido), en cuyo caso podremos presentarlo de forma anual.

¿Cómo hacer y presentar todos los modelos?


Por desgracia, la realización de todo este tipo de trámites obligatorios es un paso bastante difícil para alguien que no lo haya hecho nunca. Además, las leyes cambian continuamente y es difícil estar completamente al día en lo que a temas fiscales se refiere.

Cómo declarar las ganancias de Internet con ayuda especializada

Por tanto, la mejor opción suele ser delegar todos estos temas a un asesor fiscal de confianza. ¿El problema? Que esto también cuesta dinero 🙁 Las tarifas de una persona o empresa que te lleve todo el tema tributario están rondando desde los 60 hasta los 200 euros mensuales.

Si prefieres llevar personalmente todo el papeleo, lo mejor es ir a una oficina de la agencia tributaria y machacarles a preguntas. Otra opción es llamarles por teléfono, suelen ser bastante amables y te ayudarán en prácticamente todo.

Mi consejo es que si algún operador no te resuelve alguna duda, vuelvas a llamar al día siguiente para hablar con otra persona. A base de insistir, ser pesado, y no tener miedo a preguntar, se aprende muchísimo 😀

Conclusiones y opinión personal


La situación fiscal (en España) para los pequeños trabajadores que intentamos ganar un dinero honradamente por Internet es un verdadero desastre. Parece que esté todo montado a propósito para que la gente se vea obligada a moverse en el mercado negro y/o economía sumergida 🙁

Decenas de impedimentos, leyes poco claras, impuestos abusivos, y todo tipo de trabas que lo único que consiguen es que la gente pase de contribuir pagando los impuestos que, dicho sea de paso, son completamente necesarios para el correcto funcionamiento de servicios como la sanidad, la educación, las pensiones, etcétera.

¿Qué hacer pues? Como os he dicho al principio, mi opinión es que lo mejor es cumplir con nuestras obligaciones, pagar lo que nos corresponde, y dormir tranquilos por las noches. Pero claro, ¿a partir de cuánto dinero es rentable hacerlo? 

¿Qué hacer en el caso de que nuestros ingresos sean muy pequeños y no nos den ni para pagar la cuota de autónomos? No tiene mucho sentido ganar 50 dólares al mes en PTCs y darse de alta como autónomos (50€/mes en el mejor de los casos). ¡Menuda ruina!

Si habláis con cualquier asesor fiscal, os dirá que por debajo de los 3.000 euros anuales no tiene sentido darse de alta como autónomo ni en el IAE, ya que estaréis trabajando para nada. El riesgo de que hacienda os «cruja» es mínimo (aunque existe).

Incluso he llegado a hablar con asesores que me han dicho que por debajo de unos ingresos de 400 euros mensuales, es completamente ridículo dar toda esta serie de pasos, ya que los gastos que conllevan superan con creces el dinero que estaremos ganando.

Por tanto, la mejor opción es usar el sentido común. Si no estáis generando el dinero suficiente como para mantener los gastos que conllevan ser legal, no tiene sentido serlo. Es triste decirlo, pero es así. Una cosa es querer cumplir con la legalidad, y otra muy distinta es trabajar para perder dinero.

De todos modos, el riesgo de que hacienda vaya a por vosotros (aunque mínimo) siempre estará ahí, así que cada uno deberá sopesar lo que más le conviene. En estos casos, lo mejor es informarse a través de un buen asesor fiscal, o como os he dicho antes, en la propia agencia tributaria.

Espero que todos los datos que hemos expuesto en el post os sirvan de ayuda para conocer mejor este controvertido tema. Si tenéis cualquier duda al respecto, los comentarios están a vuestra disposición.

Un saludo a todos y hasta el próximo post 😉

150 comentarios en «Cómo declarar las ganancias de Internet y ser legal»

  1. !Por fin! El tema «tabú» HACIENDA SOMOS TODOS. Desde que empece en este mundillo tenia todas esas dudas que TU magistralmente comentas. Y llegue a la misma conclusión. Debería ser mucho mas sencillo. Algo como: Pagar el XX% de los ingresos que se reciban, y punto. Algo parecido a quien gana en la Lotería o la Primitiva: se paga el 20% del premio y se declara en el I.R.P.F. del año siguiente. Y listo.

    Ganar en este mundillo 400 €/mes ya lo considero toda una hazaña. Reitero mi agradecimiento a toda tu explicación: clara y concisa. Gracias.

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    • Así es Jose Ramon. No es tan difícil establecer una ley clara y transparente para el tema de los negocios online. Eso facilitaría mucho las cosas y haría que mucha gente se animara a pagar sus impuestos y a no estar con la intranquilidad de si un día les van a pillar o no.

      Muchas gracias por tu comentario. Un saludo.

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  2. Muy buen post.

    Tenia entendido que el tema de cualquier ganancia extra, se tiene que declarar solo en la declaración de la renta, como ganancias patrimoniales, y que no hace falta darse de alta de autónomos para poder declarar este dinerillo extra.

    Quizá me equivoco, pero un gestor conocido me dijo que cualquier tipo de ganancia, para ser regularizada, tiene que estar declarada en la declaración, ya sean ptc, apuestas, compra/venta acciones o cobro de dividendos.

    Perdona por si he dicho una barbaridad.

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    • Hola Francesc.

      Todo depende de que páginas estés utilizando y cómo lo estés haciendo. Te pongo dos ejemplos:

      1.- Si eres un trabajador por cuenta ajena y ganas un dinero extra en Beruby, ese dinero tienes que declararlo como ganancia patrimonial en tu declaración de la renta. Nada más.
      2.- Si tienes un blog (de la temática que sea) en el que ganas dinero con publicidad (Adsense por ejemplo), tienes la obligación de hacerte autónomo y declarar todo desde el primer euro.

      Muchas gracias por tu comentario. Un saludo.

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      • Mi caso: trabajador por cuenta ajena. Ganancias mínimas (recién empiezo, el año pasado, habré ganado 100€ anuales). Por lo tanto «no merece la pena». ¿Debo declararlo como ganancia patrimonial en la declaración de este año? ¿cómo lo hago?… o ¿sigue sin «merecer» la pena?

        Gracias.

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        • Hola Cristina.

          Si ese dinero lo has ganado sin realizar ninguna actividad profesional en Internet, tu obligación es declararlo como ganancia patrimonial. De todos modos, nadie declara esas cantidades, ya que hacienda no pierde el tiempo con esas cifras.

          Un saludo.

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          • Hola, mi caso es similar, trabajo por cuenta ajena, pero haciendo streams por hobby gané menos de 200 eurillos en suscripciones y lo recibí por stripe a mi cuenta bancaria, ¿que debería hacer, cómo habría que declararlo? ¿Ponerlo como ganancia patrimonial, casilla 332?

            He leído por ahí que si es menos de 1000 euros al año no hay obligación, es así? Que me recomiendas. Gracias por la ayuda!!

          • Hola Mentes.

            Efectivamente, si los ingresos por actividades económicas no superan los 1.000 euros anuales, no hay que declarar nada. No obstante, siempre es mejor asegurarse consultando a un asesor fiscal o llamando directamente a Hacienda.

            Un saludo.

  3. Como me ponen estos temas!! 🙂

    Si algún día dejo esto, me encantaría ser asesor fiscal. El artículo está genial, como no podría ser de otra forma. Aunque yo matizaría algo, o al menos algunas cosillas que me ha tocado hacerlas a mí.
    Vaya por delante que me dedico única y exclusivamente a esto y mis rendimientos netos este año han sido de unos 7500 euros (Lo digo por la gente que dice que hasta tropecientos mil euros no hay que hacer nada).

    Lo primero es que al darse de alta en Hacienda yo rellenaría el 036, porque si rellenamos el 037 no podemos solicitar el alta en el roi y nos tocará hacer nuevamente otro modelo. El 036 es más largo pero al fin y al cabo no lo rellenamos nosotros, así que dejemos que se gane el sueldo el funcionario que nos toque. Respecto a epígrafe pues ya entra un poco a elección de lo que cada uno considero, yo como dice Tino tengo el 844 (Publicidad) y el 631 (Intermediarios del comercio) Según hacienda también somos una especie de comisionistas, especialmente en las plataformas de afiliación.

    Los modelos a presentar son todos los que dice Tino, el 390 es una maravilla, coge calculadora porque son 18 folios a rellenar nada más y nada menos y que te cuadren los números sino ve a por café!!
    Si vas a presentar modelos en solitario, lo que dice Tino machacar al funcionario, suelen ser gente que esta aburrida, y aunque no tengan idea de nada le ponen ganan y te contarán historias interesantes xD

    Por lo demás un artículo perfecto, aunque recordaros a todos que antes de presentar modelos, daros de alta en Hacienda, y pagar cuotas a la seguridad social, debéis poder justificar todos vuestros ingresos con facturas y por desgracia ninguna PTC ni páginas similares las dan, así que a exprimirse el coco xD

    Saludines.

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    • ¡Juassssss! ¿Te pone cachondo hacienda? Jajajajaja. ¡Estás pirao! xD

      Lo del modelo 036 es un buen apunte, hace tantos años que lo hice que ni me acordaba. En cuanto al modelo 390, ¿es la primera vez que lo haces eh? Veo que te ha gustado xD. Bromas aparte, es un auténtico tostón, y como bien dices, ¡ay como no te cuadren los números!

      Muchas gracias por tu aporte crack 🙂

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      • Me gustan mucho los temas de fiscalidad y demás 😛 Sí de hecho me acuerdo porque a mí me hicieron el 037 y les dije que no que a mí el 036 que quería mi VAT ^^

        Vaya que pasada de números xD Luego el 347 y el 349 ya son más asequibles 😛

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    • Hombre!, el señor David por aquí XD

      Por cierto gran articulo, Tino!, gracias!!! se que lo has hecho por mi, me siento halagado XD… y otra cosilla; Si todo este tinglado que tienes montado para sacar dinero en Internet no pertenece a la «vida real», por que lo declaras en la «vida real» jajaja XD

      Saludines!

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      • ¡Juassss! Ya lo había pensado eso, declarar las ganancias de Internet en «Matrix», pero creo que no «colaría», jajajaja. Me alegro que te haya servido de ayuda el artículo 😉

        Un saludo.

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  4. Para gente que gane muy poco y aún así quiera mantenerse en la «legalidad», les recomiendo usar cooperativas para freelance, por una pequeña comisión facturan por ti y todo legal.

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    • Vaya, interesante aporte Eduardo. No conocía esa posibilidad. En cuanto pueda, me informaré al respecto.

      Gracias por tu comentario y un saludo.

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  5. Una pregunta que me corroe por dentro es, en el caso que estemos cobrando de X PTC 20 € mensuales, y tenemos el procesador de pago de PayPal por ejemplo, lo tendríamos que declarar? Si esos 20 € los invierto en comprarme unos cascos por ejemplo, nadie sabe que he ganado los 20 € si no los retiro a mi cuenta bancaria no?

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    • Tranquilo Sergio, por ganar 20€ mensuales en PTCs no tienes que declarar nada, jeje. Son cantidades completamente irrisorias a los ojos de hacienda, y nadie te va a decir nada aunque lo traspases a tu cuenta bancaria.

      Un saludo.

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  6. Hola amigo!!! excelente post!!! Acá en Argentina pasa algo parecido, por que la afip (recaudadora de impuesto) esta constantemente atrás de uno!!! Nosotros usamos la tarjeta payoneer la cuenta no cruza datos con la afip, por ahora jajaja.

    Tengo una pregunta que no tiene que ver del tema!!! Que usas para hacer tu blog? Yo uso wordpress, pero es muy limitado el editor para las entradas 🙁

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  7. Hola Tino soy de Panamá, me cuesta mucho conseguir referidos y quisiera que pusieras mas paginas así de encuestas para todos los países, Triunfador o Ayuwage que esas son las que me han pagado… Gracias! PD. Ya todas las que están en el blog las he probado.

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  8. Pues yo tengo tarjeta plástica de Payeer y trabajo invirtiendo en HYIP de una manera extremadamente inteligente, y mensualmente saco casi 1000-2000 euros y no me han pillado. Ellos no investigan ese tipo de procesadores?

    Obviamente, en mi cuenta bancaria no tengo nunca nada y desde mi punto de vista, Sergio, aunque no estés de acuerdo conmigo, me parece un poco abusivo las comisiones que te clavan.
    Bastante comisiones ponen ya con los retiros, conversiones de dolar a euro o a la inversa y las comisiones de los procesadores… Antes quizás sí se podía, pero con la crisis que está cayendo y lo mal que lo están haciendo los que están en el poder, pues a much@s se les quitan las ganas de ser ciudadanos ‘legales’ y optan por no declarar.

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    • No te lo crees ni tú lo de 1000-2000 al mes en HYIP!! Y en el caso de ser cierto, no se como puedes tener la conciencia tranquila. Todas esas páginas son un claro timo, donde en el mejor de los casos sólo cobran los que entran al principio, a costa del dinero que van a perder los últimos usuarios que se registran y meten dinero.

      Esto debería estar perseguido por la policía a nivel mundial. Ganar dinero por Internet… SI, pero de forma honesta, por favor.

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  9. Hola Tino, si te haces una tarjeta en un procesador de pago por ejemplo Neteller que tiene creo y no lo pasas por banco y cobras cada mes 1000 euros por ejemplo, hay que pasarlo aun por los impuestos esos?

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  10. Tino , darte las gracias por estar ahí. Estoy empezando a enterarme de como montar una pagina web. Y después de mucho rastrear y preguntar, he llegado a tu página.
    Gracias de nuevo por ilustrarnos, a los que como yo no teníamos ni idea de estos temas.

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    • Hola Kevin.

      Estas pautas sólo son válidas para ciudadanos españoles. En el resto de países no sé como funcionan estos asuntos fiscales.

      Un saludo.

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      • Saludos Tino, una pregunta: si soy un extranjero que voy a España y obtengo mi residencia legal, aún siendo extranjero debo rendir cuentas a Hacienda de la misma forma como si se tratase de un ciudadano español?

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  11. Jaja, pues si estos temas si que ponen a uno cachondo. Hay que hacer mil cosas para declarar unos beneficios de 0.01 jaja, el tema de la fiscalidad está muy mal, y además hay que pagar unas cuotas mensuales sin saber si vas a obtener beneficios o no. Esto es una broma…

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  12. Buenas! Tengo una gran duda XD

    Durante el último año, debido a la finalización del paro, tuve que ir vendiendo cosas que tenía por casa (la mayoría cómics, llevo 18 años coleccionándolos).

    Poco a poco, fui poniendo parte en venta, y a día de hoy me asaltó la duda de cuanto fuí «ganando» por así decir. La sorpresa, es que poco a poco el total del año son poco más de 3600€…

    No se si tengo, o debería de declarar esa cantidad, la mejor forma de hacerlo , la cuantía de si me viene a crujir Hacienda (o si tiene motivos).

    Muchas gracias.

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    • Hola Sierra.

      Pues la verdad es que no sé cómo se declaran las ganancias obtenidas a través de la venta de objetos de segunda mano, nunca he vendido nada, jeje. La mejor forma de averiguarlo es llamando a la propia agencia tributaria, ellos te lo aclararán enseguida sin que tengas que dar tus datos personales.

      Un saludo.

      Responder
      • Muchas gracias por la respuesta. También comentar que eché cuentas y de esos 3600, entre envíos, comisiones y empaquetado redondean en 3000 – 3100.

        Seguiré tu consejo y lo consultaré con la agencia.

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  13. Hola, el caso es que muchas de estas empresas no hacen factura ni nada. Yo soy autónoma y estoy interesada en echar tiempo a PTCs y demás, pero si no hacen factura, ¿Como se declaran los ingresos? Con captura de pantalla o imprimiendo los resguardos de los movimientos de las pasarelas de pago (aunque no se envíen a una cuenta bancaria), se podría hacer?

    Responder
    • Hola Mar.

      Las facturas no las hacen las empresas, las tienes que hacer tú. Simplemente buscas los datos fiscales de la páginas en cuestión y vas haciendo las facturas correspondientes a los ingresos que vayas obteniendo.

      Un saludo.

      Responder
  14. Hola.

    Estoy interesada en empezar en este mundillo con una pagina web. Te comento, yo colgaré anuncios de productos, y la gente si los cobra, a mi me reportan un 8% de estas ventas. Aún no se el dinero que me reportará esto.

    Mi pregunta es, si yo ya trabajo por cuenta ajena en una jornada completa, que tengo que hacer? reportar mis ingresos en la declaración y ya está? o algo más.

    Muchas gracias!

    Responder
    • Hola Antonio.

      Cada persona es un mundo distinto, así que no sabría decirte. Lo mejor es que lo consultes con tu asesor fiscal o llames directamente a la agencia tributaria para que te lo aclaren.

      Un saludo.

      Responder
  15. Hola, llevo desde Mayo trabajando y cobro unos 2.100 brutos, ahora mismo me quitan 2%, y el máximo con un pagador si no tengo mal entendido son 22.000 entonces de aquí a Diciembre no llegaría al máximo por lo tanto no debería de quitar mas de un 2% al no llegar no?

    Hago encuestas por Internet y me pagan por Paypal ( unos 30 euros al mes), y le pregunté a un asesor y me comentó que se considera comisión y algo de 1000e y que estaría obligada a hacer la declaración y que tendría que quitarme un 15% de irpf para no tener que pagar y la verdad que no lo entiendo, luego también pregunté a gente que hace esto y me dicen que no hay que declarar nada.

    Podrías darme tu opinión? Gracias.

    Responder
    • No me ha quedado claro una cosa: ¿tus ingresos cuáles son? ¿2.100 al mes? ¿O 30€ al mes? Si es la primera opción, por supuesto que tienes la obligación de declararlo. En el segundo caso, habría que tener en cuenta otros factores, como el hecho de si estás trabajando en otra cosa o no.

      En el caso de que esos 30 euros mensuales sean tus únicos ingresos y además no tengas obligación de hacer la declaración de la renta, evidentemente no hay que declarar nada.

      Un saludo.

      Responder
      • Hola, a ver, yo cobro 1900 euros netos, pero aparte unos 30 euros que me pagan por paypal (haciendo encuestas), las encuestas las he dejado de hacer..según un asesor me ha comentado que no estaría obligada hacer la declaración porque no llegó al mínimo que serían 22.000, porque desde mayo que empecé hasta diciembre no llego.

        Legalmente me dijo que tendía que hacerla al hacer encuestas y quitarme un 15% de IRPF…pero ahora me ha surgido otra duda, yo el dinero que estoy ganando por la nomina lo tengo en el banco ya que me pagan por ahí lógicamente, pero no tengo pagos ni nada y gasto poco por lo tanto estoy ahorrando…y le pregunte al asesor y me dijo que tendría que declararlo…es así??

        Tendré que pagar por tener mi dinero? Yo no obtengo beneficios ni nada con el solo esta en el banco.

        Responder
        • Hola Cris.

          Cobrando 1.900 euros al mes tienes que declarar si o si. Te recomiendo que llames a hacienda para informarte (no hace falta que des tu nombre). Son bastante amables y te resolverán esas dudas.

          Un saludo.

          Responder
          • Según la asesora me dijo que no tendría que hacerla, porque empecé a trabajar en Mayo y hasta diciembre que sería cuando acaba el año no llego a los 22.000 euros.. no es así? Y sabes si en el banco aunque tengas por ejemplo unos 20.000 euros tienes que declararlo aunque no llegues al máximo de hacer la renta? Te quitan dinero?

            Un saludo.

  16. Hola buenas, yo ahora mismo tengo una gran cantidad de dinero en Payza ( superior a 10 mil euros) con la que he ganado dinero en distintas paginas y demás, bueno yo vivo en España pero soy un inmigrante sin papeles y no puedo hacerme autónomo.

    Si yo mando ese dinero a mi cuenta bancaria que tengo en España, voy a tener problemas con hacienda? Porque por mi situación de no tener papeles no puedo hacerme autónomo.

    Responder
    • Hola Bernardo.

      Efectivamente, las posibilidad de que hacienda «te pille» es bastante elevada. Enviar 10.000 euros a una cuenta bancaria sin tener trabajo ni papeles hará saltar todas las alarmas. La clave sería que pudieras regular tu situación y hacerte autónomo, así podrías enviar todo el dinero a tu banco sin ningún problema.

      Responder
  17. Hola Tino, mira yo estoy cobrando dinero de varias paginas, y me pagan por Payza, y al mes en total saco mas de 1000 euros, y quiero hacerme autónomo y declarar a hacienda.

    El caso es, yo me hago autónomo y me doy de alta en hacienda y contrato a un asesor fiscal y tal, bueno a partir de aquí si yo decido mandar mas de 5 mil euros desde Payza a mi cuenta bancaria, alguien me preguntara de donde los saqué? Y en todo caso que debería de decir?

    Las paginas de donde me mandaron ese dinero o solamente fue Payza quien me pagó? Estoy algo confuso con eso ya que la mayoría de paginas son extranjeras y no dan facturas ni nada solo el pago.

    Responder
    • Hola Osma.

      Si envías 5.000 euros de golpe a tu banco tienes grandes posibilidades de que te investiguen. Una vez te hagas autónomo, eres tú quien tiene que hacer las facturas, no las páginas que te pagan. Es tan fácil como buscar sus datos fiscales y hacer la factura correspondiente.

      Un saludo.

      Responder
  18. Tino 😀 muchas gracias por toda la información aquí expuesta, de verdad que sirve bastante sobre todo si es la primera vez que lo haces. Pero igualmente, vengo con una duda mayor:

    En mi caso, me dedico a farmear BitCoins, con una obtención de más de 10.000 euros/mensuales, pero claro, lo de siempre, al ingresar esa cantidad llega Hacienda y te cruje vivo jajaja. Entonces, ¿cómo declaras esos BitCoin? Es decir, cómo podrías ingresar esa cantidad siendo todo legal, dándose de alta donde haya que darse y demás y poder dormir tranquilo con esa cantidad?

    Muchas gracias Tino ^^

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    • Hola Overgast.

      En primer lugar, ¿10.000 euros mensuales farmeando? ¿Te refieres a minando? Hace mucho tiempo que es imposible minar bitcoins a no ser que lo hagas con un ASIC (y éstos valen un pastón). ¿Cómo lo haces? 😛

      En segundo lugar, primero habría que saber tu situación actual. ¿Trabajas en algún sitio por cuenta ajena? Si es así, podrías poner ese dinero como ingresos patrimoniales en tu declaración de la renta y lo tendrías todo legal.

      Si no estás trabajando en ningún sitio, lo mejor es que te hagas autónomo siguiendo los pasos tal y como se exponen en el post.

      Un saludo y ya nos contarás tu secreto 😀

      Responder
  19. Hola Tino, quería comentarte, cuanto de cierto tiene el que si recibes de un mismo pagador mas de 3000 euros al año (200 y pico al mes), este pagador tiene la obligación de comunicarlo a hacienda?

    Hablo de pagador y cobrador ambos en España.

    Responder
      • Ok, hablamos de dinero bruto o neto?

        En caso de que el pagador sea de fuera de España también lo comunican a hacienda o deberemos ser nosotros quien lo hagamos?

        Responder
        • No sé a que te refieres con eso de dinero bruto o neto. El importe total es la suma de todas las facturas realizadas (IVA incluido), ni más ni menos.

          En cuanto a las empresas fuera de España, somos nosotros quienes debemos hacer las facturas correspondientes y presentarlas.

          Un saludo.

          Responder
        • Ante cosas de impuestos se cuenta por el EBITDA, el beneficio antes de impuestos que sería el bruto, el neto es el dinero con los impuestos pagados, espero haberte ayudado 🙂

          Responder
  20. Buenos días, muchas gracias por toda la información es super valiosa para los que estamos intentando ganar un poco de dinero por internet para procurar tener una mejor calidad de vida.

    Mi caso se corresponde con Atlanctic global asset Magamenet (questra holding), la inversión inicial no hay que declararla, no?. Y los primero beneficios hasta recuperar la inversión inicial hay que declararlos?

    Yo trabajo en un ayuntamiento como personal laboral indefinido, es necesario darse de alta como autónomo y todos los trámites que comentas en tu estupendo artículo o bastaría en declararlos de la renta anual como ingresos patrimoniales?

    Muchas gracias por el asesoramiento.

    Responder
  21. Hola Tino, me ha parecido muy interesante el tema del que hablas. Gracias por el tiempo que le has dedicado y dedicas.

    Mi caso es el siguiente: Compro articulos de ropa a particulares internacionalmente que luego revendo en eBay. Lo hago de forma diaria desde hace algo mas de 1 año, y no sé exactamente cuanto ingreso mensualmente ya que tengo mucho dinero invertido y muchos articulos esperando a venderse… Yo diria que unos casi 2000€ al mes gano, pero tambien es cierto que tengo mas dinero invertido en articulos (tengo mucha cantidad) que en mi propio banco. Diria que en mi banco tengo unos 5000€ y los articulos fisicos una vez vendidos serian unos 30.000€. Lo que ocurre es que estoy en constante compra y venta y tengo muchas cosas paradas que se van vendiendo poco a poco.

    Que me aconsejarias? Ya se ha vuelto tan regular que tengo miedo a buscarme un problema con Hacienda y me gustaria saber que hacer. No sé de que forma lo declararía ya que son cosas que vienen compradas de hace tiempo y que poco a poco se venden, pero todas son compradas con PayPal a particulares y vendidas a otros particulares mediante eBay o mediante pagos de PayPal…

    Mensualmente suelo hacer transferencias desde PayPal a mi cuenta bancaria, por darte un ejemplo en Febrero transferí en cantidades de 400€ durante todo el mes un total de 6000€, que luego fuí gastando en cosas que he pagado como otras compras… Aunque lo que compró casi siempre cuesta mas que el beneficio eso sí, por ejemplo, una compra la hago por 800 y vendo por 1300, y todo internacional, con su consecuente gasto de envio y comisiones de eBay PayPal…

    Espero haberme entendido y te agradezco cualquier ayuda, pero es dificil explicarte mi situación bien bien. No soy rica ni gano miles de miles de euros al mes que me hacen llevar un buen tren de vida. Vivo bien y pago mi letra del coche, tambien tengo otro trabajo a 20 horas asalariada pero como te digo, son ingresos frecuentes que gano si pero no tengo un cochazo ni nada en propiedad, no he llegado a tener mas de 10.000 en mi banco nunca….

    Gracias perdona el tostón de mensaje.

    Responder
    • Hola Miranda.

      Tu situación es un poco complicada, ya que por un lado eres asalariada y por el otro trabajas por cuenta propia y con unos ingresos bastante grandes. Lo que es evidente es que ese dinero tienes que declararlo (tanto ingresos como gastos), sino tarde o temprano hacienda te va a crujir.

      Yo te ayudaría encantado, pero mis conocimientos en el tema no llegan a ese nivel. Mi consejo es que te pongas en manos de un buen asesor fiscal para que te diga que es lo que tienes que hacer exactamente.

      Un saludo.

      Responder
  22. Buenas, el articulo es muy interesante y tiene una información muy útil.

    Lamentablemente después de leerlo me ha dado un bajón y se me han quitado las ganas de realizar casi cualquier acción de genere dinero por internet.

    Aun así, me gustaría preguntarte si tienes pensado escribir un articulo sobre el tema de las donaciones o del «Patreon», que por lo visto ultimamente sale mas a cuenta tener un blog/canal/contenido con Patreon, que preocuparse del trafico de visitas que recibes en los susodichos.

    Responder
    • Hola Guzman.

      Pues la verdad es que no conocía Patreon hasta que lo has nombrado. Acabo de echarle un vistazo y no le veo mucho sentido, por lo menos en la mayoría de las temáticas. Nadie (o casi nadie) paga por contenidos que puede encontrar gratis en cualquier parte.

      Un saludo y gracias por tu comentario.

      Responder
      • Hola! Vi la página y me parece muy buena! Estoy cobrando dinero mediante Patreon y de ahí se me deposita automáticamente en mi paypal.

        Debo facturarle a Patreon por el dinero recibido? O a las personas que me pagan mediante Patreon? (no tengo datos fiscales de los mismos pero si de Patreon).

        Gracias.

        Responder
        • Hola Luciana.

          En teoría deberías facturar a las personas que te envían el dinero, no a Patreon, pero tampoco sé cómo funciona esa plataforma. Para empezar, yo enviaría un correo al soporte de Patreon para ver si se les puede facturar a ellos.

          Un saludo.

          Responder
  23. Hola, enhorabuena por el blog y el artículo. En los casos de trabajadores por cuenta ajena y que reciban algún ingreso por «afiliaciones» ( una página me paga por PayPal por conseguir que usuarios se registren en casas de apuestas), como se declararía?

    Responder
    • Pues no sabría decírtelo con certeza, aunque creo que ese dinero se declara en la parte de ingresos patrimoniales. De todos modos, si llamas a hacienda te lo dirán enseguida.

      Un saludo.

      Responder
  24. Buenas, es que estoy ganando en una pagina web. Como declararía si me pagan en Paypal y retiro en un efecty? ¿Cómo digo que esa pagina me está pagando?

    Responder
    • Hola Ronald.

      Si eres autónomo tienes que hacer una factura a nombre de la empresa que te está pagando. Si eres estudiante o trabajador por cuenta ajena, puedes incorporar esos pagos como ganancias patrimoniales en la declaración de la renta.

      Un saludo.

      Responder
  25. Hola Tino,he estado ganando dinero de webs como mpa y ohb webs de ganancia compartida, la duda que tengo es que yo soy estudiante no trabajo tengo 20 años y la declaración la hace mi padre conjunta conmigo.

    Como puedo declarar estos ingresos? ya que estas ganancias estarían a mi nombre pero la declaración es suya. Gracias.

    Responder
    • Hola Javi.

      Pues la verdad es que no tengo ni idea. No se como funcionan las declaraciones conjuntas 🙁 Lo mejor sería preguntar al asesor que hace la declaración de tu padre.

      Un saludo.

      Responder
  26. Hola Tino.

    La verdad es que tengo muchas dudas respecto a este tema, y no sé, espero aclarar algunas. Hace un par o tres de años que cobré 132€ de Youtube.. y cada año pues habré cobrado otros 70-80€ otro par de veces. Eso por una parte no sé que pasara, supongo que ya paso de hacer nada no?

    Después, me he puesto bastante inmerso en el mundo online en plan webs xxx, y tengo un par que todavía no he llegado a los 25€ pero me queda poco (en 1 año así), pero claro también ahora viene lo que más me interesa saber, y es que desde hace 4 meses me he metido en el mundo webcam erótico, y los dos primeros meses cobré 195$, el 3 mes, unos 60$ y el cuarto unos 70, pero este que hace 5 meses que lo estoy haciendo me ha ido bastante bien y he cobrado 274$, claro todo esto por FirstChoicePay.

    Ahora que debo hacer, he leído algunos comentarios que por menos de 400$ mensuales mejor no hacer nada… pero ya van con todo como 600$ ganados en estos 4-5 meses. Debo plantearme lo del autónomo?

    Soy un chico de 22 años, que la verdad, me da mucho apuro este tema y el papeleo, y nunca me he metido en temas legales y pf, no sé que hacer…

    Responder
    • Hola Jons.

      Esas cantidades todavía son demasiado pequeñas. Aunque en el aspecto estrictamente legal deberías hacerte autónomo, no tendría sentido hacerlo, ya que estarías pagando más que ganando. De todos modos, si tus ingresos empiezan a aumentar, deberías plantearte tenerlo todo en regla.

      Un saludo.

      Responder
  27. Hola Tino, enhorabuena por la entrada.

    ¿Qué opinas de los que dicen que hay que esperar a los 20.000€/año para declarar ingresos web a hacienda?

    Yo estoy en 10.000€/año y todo en B. No sé qué hacer. Los números me cuadran para pagar autónomos en tarifa plana y los correspondientes impuestos a partir de ahora, pero no estoy preparado para que revisen las ganancias de años anteriores (entre 4 y 6000€/año).

    Quiero decir, puedo pagar lo correspondiente al año pasado, 2016 (en la renta de este año) y a partir de ahora lo que corresponda pero no podría asumir los pagos de 2013, 2014 y 2015 con las correspondientes sanciones.

    En confianza, ¿legalizarías o me estaría metiendo en la boca del lobo?

    Saludos.

    Responder
    • Hola Santi.

      10.000€/año es muchísimo dinero como para tenerlo en B, sobre todo si esos ingresos pasan por el banco, en cuyo caso el riesgo es mayúsculo. Con esa cantidad de dinero tienes mucho más que suficiente para tenerlo todo legal y además seguir generando buenas ganancias, por lo que yo ni me lo pensaba.

      El tema de los años anteriores es indiferente, ya que aunque no te hagas autónomo igual te pueden pillar y será peor cuanto más tardes en hacerlo. Meterse en la boca del lobo es no pagar los impuestos que corresponden, así que más vale que lo legalices todo lo antes posible.

      En cuanto a la gente que dice de no declarar hasta los 20.000 euros, una de dos, o no tienen ni pajolera idea de lo que hablan, o es que les gusta mucho el riesgo, jeje.

      Un saludo y gracias por tu comentario.

      Responder
  28. Hola Tino, soy funcionario del Estado cobrando casi 2000 euros al mes netos, aparte de esto dedico como 3 horas todos los días a PTCs, minería alquilada en la nube, algunas hyips ( muy poco), todo lo cual me puede generar unos 200 euros al mes.

    Qué debería hacer en este caso?

    Responder
    • Hola Freis.

      Si no me equivoco, esos ingresos se deben incluir en la declaración de la renta como incremento patrimonial. De todos modos, lo mejor es que le preguntes a tu asesor fiscal para que te lo confirme.

      Un saludo.

      Responder
  29. Hola Tino, los ingresos de la tarjeta Payeer, como declararlos no aparece en ningún lado de Internet, lo que sí aparece es Payoneer. Por eso, entiendo que si no es mucha cantidad 150 euros al mes no hay por que declararlos. Qué opinas?

    Muchas gracias.

    Responder
    • Hola Freis.

      Pues depende. Si esos 150 euros al mes son tus únicas ganancias no tiene sentido declararlas, pero si forman parte de unos ingresos mensuales mayores lo ideal es declararlo todo.

      Un saludo.

      Responder
  30. Hola Tino, me gustaría saber los datos fiscales de Neobux, sobretodo su NIF o CIF, puedes ayudarme? O si alguien los sabe que conteste, por favor.

    Muchas gracias

    Responder
  31. Hola Tino, me faltó decirte que también necesito los datos fiscales de GrandBux, Cliquesteria, Clixten, tienes algunos de ellos? Muchas gracias por la información.

    Responder
  32. Hola.

    Y en el caso de ser afiliada a un bróker de fórex que te paga por cada nuevo cliente que consigas parte del margen de inversión de ese cliente, ¿sabes si también hay que darse de alta como autónomo? Y si es así, ¿bajo qué epígrafe?

    Gracias. Patricia.

    Responder
    • Hola Patricia.

      Pues dependerá del montante de esas comisiones. Si esa es tu única fuente de ingresos y estás recibiendo (por poner un ejemplo) 100€ al mes, no tiene mucho sentido hacerse autónomo. En caso de que esas comisiones sean elevadas, si que tendrías que darte de alta y cotizar lo que corresponda.

      En cuanto al epígrafe, es algo complicado, ya que hay varios que tienen que ver con este tipo de operaciones (acciones, bolsa de valores, forex), pero dependerá de si trabajas con otras empresas o haces otro tipo de actividades. Lo ideal es que lo consultes con tu asesor fiscal.

      Un saludo.

      Responder
  33. Una duda, este año trabajé en Enero y Febrero y aparte he cobrado de Socialpubli (descuentan IRPF? La duda es ¿saldrá en hacienda? No llegaría al mínimo para declarar, en teoría.

    Responder
  34. Hola Tino, saludos desde Argentina. Mis preguntas son las siguientes: el dinero que se gana con las encuestas hay que declararlo o no? Y por compra y venta de criptomonedas se declara también?

    Si es así, como seria? Gracias.

    Responder
  35. Hola Tino.

    Trabajo en una empresa y como «hobby» realizo vídeos mediante Fiverr, ganando al mes alrededor de 500 euros. No me ha quedado claro como tendría que declarar eso. Muchas gracias de antemano.

    Responder
    • Hola Alberto.

      Si trabajas en una empresa por cuenta ajena, en teoría ese dinero tendrías que declararlo como incremento patrimonial en la declaración anual del IRPF. De todos modos, lo ideal es que lo consultes directamente con hacienda para no meter la pata.

      Un saludo.

      Responder
  36. Aunque este es un hilo antiguo, me gustaría preguntar y si hay alguien que me ayude, ya que en hacienda te dicen que si pero no está muy claro.

    Hay vendedores de productos que me contactan para que compre su producto, lo pruebe y les haga una valoración publica en tiendas de venta (Amazon, eBay, etc…), la cuestión es que ellos luego me dejan quedarme el producto y me devuelven el dinero por Paypal. Este dinero luego me lo reembolso a mi cuenta y así sucesivamente.

    La cuestión es que en hacienda dicen que tienes que tributar como pago en especies pero no tengo muy claro todo esto… tipo de tributación, tipo de iae, alta en autónomos etc…

    Alguien me ayuda?

    Responder
  37. Hola, soy de España.

    Lo que no entiendo de estos temas es que si por ejemplo cobras 10 €, pero la página en cuestión por pasarlo a Paypal te cobra un 1%, entonces recibes 9.90€ en paypal, ¿qué se declararía en la factura 9.90€ o 10€?

    Supongo que los 9.90€ ¿no? Porque a mi no me llega la cantidad completa.

    Entiendo que si ya lo tuviera en paypal y me cobran comisión para pasarlo a una cuenta de banco, si tendría que declarar la cantidad completa. Pero, en el otro caso, ¿sería como lo expongo verdad?

    Gracias, espero que alguien pueda ayudarme.

    Responder
  38. A ver si me puedes solucionar una duda. Nunca he sido autónomo y llevo unos años desempleado, mis anteriores trabajos han sido por cuenta ajena.

    El año pasado hice una encuesta grupal presencial en un hotel por la que me dieron un billete de 50€ en un sobre por 2 horas, nos hicieron firmar un justificante con nuestros datos y ponía que se pagaba un tanto de IVA.

    Ahora, para la declaración, me aparecen en los datos fiscales un apartado de actividades económicas: la empresa que me pagó con «actividades profesionales», los 50€ y los 8’82€ de retención. Iba a hacer la declaración, la mía suele ser sencilla, y me da la opción de como quiero poner ese dinero si en actividades económicas a mano o en rendimientos de trabajo de forma manual, y aquí viene mi pregunta: ¿lo debería poner como rendimientos de trabajo, actividades económicas o ganancias patrimoniales?

    Muchísimas gracias y que pases buena semana!!

    Responder
    • Hola JJ.

      En rendimientos del trabajo no puedes ponerlo porque dices que estás en el paro. En cuanto al apartado de actividades económicas, es necesario ser autónomo para poder reflejar las ganancias ahí. Por lo tanto, creo que se debería poner en ganancias patrimoniales.

      De todos modos, la situación de cada persona es diferente y no sabría asegurarte si es 100% así. No soy ningún asesor fiscal. Lo ideal es llamar a hacienda para que te lo confirmen.

      Un saludo.

      Responder
      • Hola Tino.

        En Hacienda me han dicho que es un supuesto especial de rendimientos del trabajo y va en la casilla 003 Retribuciones Dinerarias y lo retenido en la 596, ya que es como si fuera un coloquio o una reunión grupal.

        Muchas gracias por tu mensaje.

        Responder
  39. Hola, gracias por tu aporte. Yo hago facturas por el dinero generado por Internet. Pero, ¿qué pasa con las webs que pagan con cheques regalo Amazon? ¿Se hace factura?

    Responder
    • Hola María.

      Pues ese caso es bastante curioso porque ni siquiera los de hacienda lo saben. Yo he llamado en varias ocasiones y cada vez me dicen una cosa xD. En teoría, esos pagos son premios y deben declararse como ganancias patrimoniales en la declaración de la renta.

      Un saludo.

      Responder
  40. Yo acabo de terminar con el subsidio por desempleo mayores de 45 años, ya no cobro nada. En una web por hacer un deposito de 300 € me pagan 364 € netos a través de Payeer. Tengo que declarar ese importe que recibo mensualmente?

    Responder
    • Hola Juan.

      Por una parte, que una web te pague mensualmente más de un 20% por hacer un depósito es muy sospechoso. Tiene toda la pinta de ser una estafa. De todos modos, si realmente fuera cierto, sí, tendrías que declarar esas ganancias.

      Un saludo.

      Responder
  41. ¿Cómo se factura a Fiverr desde España? ¿Qué datos se ponen en la factura? ¿Cómo se envía la factura a Fiverr? ¿Qué es el VAT?

    Gracias.

    Responder
  42. ¡Hola buenas! Hace aproximadamente medio año empecé con el marketing de afiliación y llevo ya un tiempo con PTC’s (con estas últimas he ganado más con referidos con otra cosa prácticamente).

    Claro, ahora con la afiliación gano más y ya me empecé a preguntar si tenía que pagar impuestos, porque también quería ampliar mi negocio de Internet, y vi este artículo y se me pusieron cómo se dice aquí los huevos de corbata. Tengo 20 años y claro, nunca he hecho esto porque lo que he ganado hasta ahora ha sido mísero.

    Tengo un par de dudas, la primera es ¿claro, si fracaso como emprendedor, aunque sea por Internet, me puedo dar de baja cómo autónomo, no? Y la segunda es; en unos comentarios de aquí arriba he leído que cuándo declaras el dinero tienes que decir de dónde proviene pero que por ejemplo las PTC’S no te dan justificante, y de algunas inversiones que he hecho en bolsa tampoco.

    En todo caso, el ingreso a la cuenta bancaria lo hago desde monedero electrónico o Coinbase (el último más, y no tengo registro), entonces ¿en esos casos que se hace? Espero que me puedas responder las dudas, aunque sean por encima jajaja.

    Tengo intención de llamar e ir en persona a la agencia tributaria para informarme bien, ver si me sale a cuenta ampliar el negocio, pero claro, ahí debo decir todo legal y no voy a decir que llevo algo de tiempo ya en esto, por eso agradecería que me aclarases esas dudas. Gracias de antemano.

    Responder
    • Hola Marcos.

      Puedes darte de alta y de baja como autónomo las veces que haga falta, así que por eso no debes preocuparte. En cuanto al resto de ingresos, tienes que justificarlos mediante facturas que debes hacer tú (da igual que las páginas no te den nada).

      Un saludo.

      Responder
  43. Hola Tino, a ver si me puedes resolver una duda.

    Estoy desempleado y por lo tanto no tengo trabajo ni soy autónomo. Oficialmente no tengo ingresos de ningún tipo. El único dinero que consigo ocasionalmente es a través de internet, básicamente realizando encuestas y ocasionalmente vendiendo alguna cosa por Ebay o aprovechando alguna promoción tipo Bnext.

    Ya he leído por aquí que si hablamos de cantidades muy bajas (tipo 30€ al mes) en teoría no habría que preocuparse, en mi caso empecé con muy poco (apenas 5-15€ al mes) pero he llegado a un punto donde sí que puedo conseguir alrededor de 400-500€ al año. Me sigue pareciendo poco pero me queda la duda de si tendría que presentar declaración y pagar impuestos de algún tipo.

    Saludos y gracias por adelantado!

    Responder
    • Hola Revo.

      Si te atienes estrictamente a la ley, sí que deberías hacerte autónomo y declarar esas ganancias, pero en la práctica es imposible hacerlo porque te arruinarías. Sólo la cuota de autónomo (la mínima) son 283 euros al mes, por lo que con unas ganancias de 400-500€ al año tendrías para pagar dos cuotas y el resto del año estarías perdiendo dinero 🙁

      Responder
  44. Hola Tino, a ver si me puedes ayudar. Estoy jubilada, cobrando la pensión mínima, por lo que no estoy obligada a hacer la Declaración de Renta y ahora me han propuesto hacer encuestas por Internet. Creo que los ingresos mensuales pueden estar entre 150-200 €, con suerte, poco, aunque buenos son. Pero tengo miedo de que me pueda afectar al cobro de la pensión, como lo ves?

    Responder
    • Hola Mariel.

      Pues la verdad es que tu caso es un poco especial y bastante delicado, ya que no deberías hacer nada que pueda arriesgar el cobro de tu pensión. Yo de ti, llamaría a la seguridad social y a hacienda para asegurarme. También haría una consulta a algún asesor fiscal para ver que opina.

      Un saludo.

      Responder
  45. Hola Tino, me gustaría saber si me puedes ayudar. En este momento estoy desempleado y estoy cobrando el paro y entonces quisiera empezar en esto de las ganancias de Internet como youtube y pagos por fiverr, pero no creo que gane tanto cuando empiece ya que todavía no he subido ningún vídeo a youtube y tienes que tener un mínimo de requisitos para empezar a cobrar y en fiverr los pagos pueden ser de 100 dolares al mes.

    Entonces que me recomendarías, en que punto de ganancia tendría que darme de alta en todo ya que me gustaría ser lo mas legal posible y tener aunque sea una entrada que me ayude en esta situación, y si me doy de alta en hacienda y autónomo pierdo la ayuda, gracias y espero estén bien todos en este momento tan malo.

    Responder
    • Hola Edgar.

      Tu caso es un poco especial, ya que si te pones a ganar dinero por Internet corres el riesgo de perder la prestación por desempleo. La mejor opción es hablar con un asesor fiscal que pueda darte las directrices correctas en tu situación personal.

      Un saludo.

      Responder
  46. Hola Tino, que hay de las ganancias en plataformas donde nos pagan con bitcoins o ethereum??? Y si lo que ganamos de nuestros afiliados lo reinvertimos en la misma plataforma???

    Responder
    • Hola Aitor.

      Las ganancias en criptomonedas también hay que declararlas, aunque dependiendo de tu situación laboral hay que hacerlo de una manera de o de otra. Por ejemplo, no es lo mismo ser un trabajador por cuenta ajena que un autónomo. No obstante, este tema es un poco más complicado y se hace imprescindible la ayuda de un asesor fiscal.

      Un saludo.

      Responder
  47. Hola buenas, les escribo por que me han surgido varias preguntas en cuanto el tema de negocios online y fiscalidad. Aparentemente son muy poca cantidad, aunque no me la quiero jugar y estar bien informado para el medio/largo plazo, es un tema que me preocupa. Soy de España. Muchas gracias de antemano. Le cuento.

    Todos los meses recibo regalías de Amazon Kdp (entre 5 y 15€ al mes).

    Por otra parte me he abierto una cuenta en Spreadshirt, impresión bajo demanda, yo hago el diseño y ellos se encargan del cobro y el envío etc… Estoy a punto de cobrar (por mes gano entre 10 y 35€)

    Los otros ingresos que tengo en cuánto negocios online son más bajos, y son más esporádicos. (En total obtengo ingresos de 3-4 plataformas diferentes, en alguna me descuentan IRPF y me ingresan lo restante. Mis ganancias online no superan los 60€ mensuales).

    Según la fiscalidad, tienes que declarar hasta el primer 1€ y darte de alta en autónomos etc… Pero desde un punto de vista coherente, una persona que por ejemplo genera 150€ no puede pagar una cuota de autónomo que ronda los 300€.

    Sé que tiene que haber un punto intermedio entre legalidad y coherencia. Por eso mi pregunta es; ¿a partir de cuál cantidad ingresos online estaría obligado a declararlos? Dicen que a partir de los 1.500€ anuales no estoy obligado, pero no estoy seguro, tengo mucha información pero nada claro.

    En definitiva, a partir de qué cantidad de ingresos me tendría que preocupar en declarar? Declarar mis ingresos online significa pagar a hacienda? Me gustaría saber los límites y cantidades para el tema de hacerse autónomos etc.

    Muchas gracias, un saludo 😉

    Responder
    • Hola Diego.

      Si quieres ser 100% legal, deberías declarar desde el primer euro ganado, pero claro, eso es totalmente inviable si generas pocos ingresos. Para que te hagas una idea, el gasto mínimo de un autónomo ronda los 350€ (cuota + gestor fiscal). Así pues, en tu caso ser legal sería una auténtica ruina.

      Por lo tanto, es una decisión completamente personal. Además, también hay que tener en cuenta otros factores que pueden influir bastante, por lo que lo ideal es pedir consejo a un asesor fiscal que conozca específicamente tu caso.

      Un saludo.

      Responder
  48. Hola Tino, no sé si podrás contestar ya que el post fue publicado en enero, pero necesito probar suerte ya que no sé que hacer. Soy estudiante, y trabajo muy esporádicamente (este año ni siquiera he podido trabajar), y en la cuarentena probé a crear contenido para Onlyfans (es una plataforma parecida a patreon).

    Finalmente, he tenido que dejar de subir contenido y está inactivo, pero aún no he podido retirar mi dinero (240 dólares). La razón es que no sabía si tenía que declararlo, y prefiero mantener en secreto que he tenido estas ganancias a mi padre, que es quien me suele hacer la declaración de renta.

    Los métodos de pago de onlyfans son transferencia bancaria, Paxum y Cosmo, no sé si me merecería la pena crearme una cuenta en alguno de esos servicios ya que no sé cómo funcionan donde resido (España). No tengo pensado generar más dinero de esa plataforma y quería retirarlo.

    A parte, habré ganado menos de 150 euros en por paypal, pero esos sí los he transferido a mi cuenta bancaria normal. ¿Qué puedo hacer con el dinero que tengo en Onlyfans? Muchísimas gracias.

    Responder
    • Hola Mia.

      ¿Eres estudiante y has ganado de forma esporádica 240 dólares? Como es evidente, no tienes que declarar nada porque estás muy lejos del mínimo necesario que obliga a hacer la declaración de la renta. Otra cosa diferente sería que los ingresos fueran recurrentes o que sí hayas trabajado (con alta en la seguridad social).

      No obstante, lo ideal es que lo comentes con tu padre o con algún asesor fiscal, ya que cada situación personal es diferente.

      Un saludo.

      Responder
  49. Hola Tino.

    Trabajo por cuenta ajena, aunque ahora tenemos un ERTE de reducción de jornada que durará supuestamente hasta enero. Como hobby hago ilustraciones y decidí en Agosto abrirme una cuenta en Patreon. La cosa no ha ido mal y he ganado en estos 4 meses una media de 100/150€ mensuales.

    Estoy leyendo que al ser trabajador por cuenta ajena este monto se puede incluir en la Declaración de la renta como ganancia patrimonial, aunque en otros sitios veo que al tratarse de una «actividad económica» no se puede incluir en esta categoría. ¿Estaría entonces obligado a darme de alta en IAE y hacer declaraciones de IVA e IRFP por estas cantidades?

    En cualquier caso ya he cerrado la cuenta porque no quiero tener problemas. Muchas gracias.

    Responder
    • Hola Jack.

      Si nos atenemos estrictamente a la ley, deberías estar dado de alta en el IAE para ejercer esa actividad económica, aunque claro, con esas cantidades no te saldría ni mucho menos a cuenta (la cuota mínima de autónomos es de 286 euros actualmente). Meter esas ganancias como incremento patrimonial podría ser una solución, aunque no lo sé con seguridad.

      De todos modos, mi recomendación es que llames directamente a hacienda y les cuentes exactamente tu situación. Nadie mejor que ellos para indicarte la mejor solución para tu caso.

      Un saludo.

      Responder
  50. Hola Tino.

    Todo esto me parece super informativo, gracias!

    Mi caso, yo suelo llenar encuestas online y desde feb he ganado entre 10 y 90 euros, siendo un total de 560 a día de hoy. Es decir, mensual gano literal menos de 100 euros, incluso la mayoría de veces menos de 50 euros. Entiendo que no tengo que declarar porque es menos de los 400 euros mensual… y no veo que vaya a aumentar… me ha tomado como 10 meses llegar a esta cantidad.

    Todo esto me lo pagan por Paypal.

    Responder
    • Hola Daniel.

      Tal y como comento en el artículo, si nos atenemos estrictamente a la ley cualquier ganancia hay que declararla. No obstante, si tus únicos ingresos son los que comentas no tendría ningún sentido hacerlo, ya que tendrías que hacerte autónomo y perderías dinero en lugar de ganarlo.

      Sin embargo, si esas ganancias son un extra aparte de tu trabajo habitual, si tendrás que declararlas como aumento patrimonial en la declaración de la renta.

      Un saludo y gracias por tu comentario.

      Responder
      • Perfecto, Tino. Gracias por la respuesta.

        Efectivamente es algo extra, ya que sí trabajo como trabajador de cuenta ajena. Estuve calculando y creo que no llego a los 22,000 euros que se requiere como mínimo para declarar la renta porque justo este trabajo lo empecé en Marzo.

        Yo siempre declaro aunque no llegue pero técnicamente no tendría que hacerlo, cierto? Ya que no alcanzo esa cantidad… Y sí estoy incluyendo las ganancias de paypal y como quiera no llego.

        Responder
        • Hola de nuevo, Daniel.

          Efectivamente, si juntando las ganancias del trabajo no llegas a la cantidad mínima no tienes que preocuparte de nada. No obstante, si te quieres quedar tranquilo la mejor opción es llamar directamente a Hacienda y que te lo confirmen, ya que esa cantidad que indicas no la tengo muy clara. Más vale prevenir que curar, jeje.

          Un saludo.

          Responder
          • Hola Tino.

            He llamado justo por eso para ver qué pasaba en mi caso y me han dicho estas cosas:

            – Tendría que declararlo en la renta del 2020 como rendimiento de actividad económica, en vez de ganancia patrimonial
            – Con respecto a los 22,000, me dijo que en teoría si tendría que declarar porque ejerzo una actividad económica.

            Nada yo creo que ellos en general sí dirán que tienes que declarar…. yo como quiera sí que pienso declararlo entonces nada agregaré esa cantidad a rendimiento de actividad económica y ya está.

            Gracias por tus consejos 🙂

  51. Hola, mi pregunta es la siguiente. Qué cantidad al mes debería empezar a considerar como máxima para declararla? Si genero 30 o 40 al mes en encuestas no me vale la pena, no? Y si entre compra/venta de criptomonedas y encuestas genero unos 100 o 200 al mes, debería considerar declararlo?

    He leído que en criptomonedas no hace falta que declares si todos tus ingresos no superan los 1000 anuales.

    Responder
    • Hola Andrea.

      Los ingresos que comentas son pequeños pero igualmente habría que declararlos, a no ser que sean los únicos y ni siquiera llegues al mínimo que supone la obligación de hacer la declaración de la renta. No obstante, cada persona y situación es diferente, por lo que lo ideal es informarse mediante un asesor fiscal para no meterse en líos.

      Un saludo.

      Responder
  52. En un comentario anterior («Daniel»), dicen que Hacienda indica declarar las ganancias como rendimientos de actividad económica. Sin embargo, entiendo que no puedes incluirlo en ese apartado sin haberte dado previamente de alta en el IAE, ¿no? Vamos, que en ese caso, acabarías pagando tanto las ganancias como los atrasos/sanciones que correspondiesen por no estar de alta en su momento.

    Así pues, ¿no hay otra alternativa? En otros comentarios se menciona la posibilidad de incluir los ingresos como ganancias patrimoniales. ¿Así no habría problema? ¿Tú, Tino, o alguien puede confirmar que esto es así?

    Gracias.

    Responder
    • Hola Salva.

      Efectivamente, para declarar las ganancias como rendimientos de actividad económica hay que estar dado de alta como autónomo y en el epígrafe correspondiente del IAE. Por otra parte, si las ganancias son pequeñas, no son recurrentes y se reciben de forma esporádica, es posible que puedan incluirse sin problemas como ganancias patrimoniales, aunque es algo que no sé con seguridad.

      Cada persona es un caso distinto y por eso lo ideal es consultar con un asesor fiscal o llamar directamente a Hacienda.

      Un saludo.

      Responder
      • Hola buenas Tino. Caí en tu artículo y la verdad es que me gustaría preguntarte una cosa a ver si me puedes ‘aconsejar’ (tranquilo no te pido asesoramiento hahaha).

        Hace unos meses adquirí un ebook digital el cuál me encantó y lo quise recomendar, entonces me hablaron del marketing de afiliados, que me podía afiliar al producto y recomendarlo a cambio de una comisión la cuál evidentemente dije ‘ostras, que recomendando encima puedo ganar dinero’.

        Lo que iban a ser sólo unos euros, se ha convertido en casi 10000 euros lo que he hecho en poco más de un mes. (evidentemente estoy contento pero claro, están los políticos que con semejante cantidad quieran pillar su cacho, o sea, la bendita hacienda). El caso, es que yo no tengo un negocio online, simplemente lo hice por ‘ocio’ y se ‘me fue de las manos’, y no sé si habrá algún apartado de declaración de renta de declarar cantidades de casos puntuales, ya que yo por el momento no quiero abrirme un negocio online.

        Lo estoy estudiando claro está ya que he obtenido muy buen resultado, pero primero tendría que trabajar bien que estrategia sigo, etc… Y mientras no realice esa actividad económica generando ingresos evidentemente no voy a pagar.

        Pero el caso de momento es este, que he hecho una cantidad de dinero considerable en poco más de un mes y todavía no lo he pasado a mi banco porque no sé que hacer, a ver si encima de todo ahora hacienda me multará. Sabes si hay algún apartado, cómo digo, de algo sobre declarar cantidades ganadas, pero en casos puntuales, que no es una actividad económica regular cómo un autónomo?

        Yo también soy de España, por lo tanto estamos bajo las mismas leyes. Cualquier información la agradecería hahaha. Muchas gracias, espero tu respuesta.

        Responder
        • Hola Octavio.

          En primer lugar, enhorabuena por tus excelentes resultados con el marketing de afiliación, jeje.

          En cuanto a esos ingresos que has generado, al tratarse de algo puntual, creo que pueden incluirse como incremento patrimonial en la declaración de la renta, así que no habría ningún problema. No obstante, lo ideal es que llames directamente a Hacienda, ya que allí te dirán exactamente en que casilla de la declaración debes ponerlo.

          Un saludo.

          Responder
  53. Hola!

    Mi caso: Tengo fotos en un marketplace llamado Fine Art América. Sede en USA. Ellos crean y venden productos ( impresiones en demanda ) utilizando mis fotos. Ellos lo hacen todo, son los vendedores, yo sólo recibo mi parte ( margen ) a través de Paypal. Cómo se declara esto? Muchas gracias.

    Responder
  54. Hola Tino, gracias por la dedicación y el tiempo que le dedicas a tus posts y a cada comentario, eres un crack.

    Por otro lado, te quiero consultar, ya que no encuentro nada en Internet.

    Mi esposa y yo estamos fuera de España, damos clases de pastelería online y al mes recibimos aproximadamente 1400€. De ganancia serían 1000€. Debemos ser autónomos? O por esas cantidades no valdría la pena?

    Contando con que además somos dos personas y serían dos cuotas mensuales a pagar.

    Tengo mi cuenta en otro país y recibo el dinero allí. Estamos pensando en ir a España, pero estos impuestos me tienen loco, es buena opción? O recomiendas otro país y otra alternativa para no dejar de hacer nuestro trabajo.

    Puedo trabajar sin ser autónomo para una tienda por ejemplo, y contar los ingresos online como dinerillo extra sin importancia?

    Espero me puedas responder, saludos.

    Responder
    • Hola Jorge.

      Con esa actividad que realizáis tu esposa y tú y los ingresos que generáis al mes, en España tendríais que haceros autónomos obligatoriamente. Como es evidente, sólo con la cuota a la seguridad social y los diferentes impuestos perderíais más de la mitad de vuestro dinero, por lo que venir a España no es una buena idea.

      Si tenéis pensando cambiar de residencia, un país muy atractivo a nivel fiscal es Portugal.

      Un saludo.

      Responder
  55. Buenos días.

    Quisiera si fuera posible que me resolvieras una duda, tengo un trabajo por cuenta ajena y de vez en cuando creo contenido online, ganando menos de 400 euros al año. Ahora he ido a realizar la declaración de la renta y me pide añadirlo como rendimiento del trabajo o actividad económica y yo no estoy de alta como autónomo.

    ¿Cómo puedo hacerlo?

    Gracias.

    Responder
    • Hola Pe.

      En principio tendrías que añadirlo como ingresos de una actividad económica, pero claro, si no estás dado de alta como autónomo no sé si eso te puede acarrear problemas. Por esa cantidad no creo que pase nada, pero lo mejor sería que hablaras con un asesor fiscal para que te aconseje lo mejor posible.

      Un saludo.

      Responder
      • Hola de nuevo.

        En esos ingresos ya me retienen IVA e IRPF, por eso no lo entiendo muy bien. Si no estoy dada de alta no me dejará registrarlo así, no?

        Responder
        • Justamente porque te retienen IRPF te sale reflejado en la declaración de la renta, por lo que simplemente tendrías que hacer clic en la opción de incluirlos en la declaración (sin necesidad de darte de alta). No obstante, yo no soy ningún experto, por lo que si te quieres quedar tranquilo, lo mejor sería hablarlo con la propia Hacienda. Tienen un teléfono de atención gratuita y suelen ser bastante amables.

          Un saludo.

          Responder

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